FISCALÍA LOGRA ALTA CONDENA PARA
SUJETO POR ROBO CON INTIMIDACIÓN
Y ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD

El 04 de septiembre del año 2007 MAXIMILIANO ANTONIO CASTILLO VÁSQUEZ de 28 años, interceptó en un sitio eriazo muy cerca del Moll de Talca a un menor de 16 años. Con un cuchillo en la mano y bajo amenaza de muerte obligó a su víctima a que le entregara las pertenencias que portaba entre ellas un teléfono celular, un pendrive además de un monedero. Antes de huir Castillo Vásquez le señaló al menor que hace muy poco había salido de la cárcel y que además lo conocía y sabía donde vivía, todo ello para no ser denunciado.
Gracias a diversas diligencias policiales el imputado fue detenido dos meses después y de esta forma el 26 de noviembre del mismo año fue llevado ante la presencia del Juez de Garantía de Talca para realizar la audiencia de control de la detención. Sin motivo alguno Castillo Vásquez se levantó de su asiento y tras ofender a los presentes, comenzó a alterar gravemente el desarrollo de la audiencia, dirigida por un juez de la República, tomando entre sus manos el micrófono asignado a la mesa de los Defensores, procediendo a girarlo con fuerza, destruyendo sus cables de conexión, con intenciones claras de lanzarlo contra los presentes, poniendo en riesgo la integridad física de éstos, juez, fiscal, defensora, toma de acta, debiendo ser reducido a viva fuerza por personal de Gendarmería de Chile y con tenaz resistencia de éste.
A juicio de la Fiscalía el primero de los hechos es constitutivo de delito de robo con intimidación y el segundo de perturbación grave del desarrollo de una audiencia de un tribunal de la república contemplado en el artículo 264 del Código Penal.
Tras el juicio oral desarrollado en la capital maulina finalmente se condenó a Maximiliano Castillo Vásquez por el delito consumado de ROBO CON INTIMIDACIÓN por lo cual deberá sufrir una pena de DIEZ AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MEDIO, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Por el segundo hecho el Tribunal resolvió que el acusado es culpable del delito de ATENTANDO CONTRA LA AUTORIDAD recibiendo una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE RECLUSIÓN MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y al pago de una multa de una unidad Tributaria Mensual
"El acusado es condenado por ambos hechos con el agravante del artículo 19 de la ley 19.856 que es cometer un delito en periodo de reducción de condena, ya que esta persona al momento del robo con intimidación al menor de edad, se encontraba con el beneficio de condonación de una pena por la cual había sido condenado a cinco años y un día", afirmó la Fiscal María Lorena González